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Emite CDHEM recomendación por violencia de género en Morelos

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos que preside la Lic. Lucero Benítez Villaseñor, inició, en el último trimestre del año 2013, la queja de oficio 473/2013-1 por nota periodística de un medio impreso local titulada “Quería quemar a su esposa”, nota que narraba hechos ocurridos en el municipio de Jiutepec que evidenciaban posibles violaciones a los Derechos Humanos de las mujeres .

En razón de lo anterior, se iniciaron las investigaciones correspondientes solicitando informes al Gobernador del Estado, al entonces Procurador General de Justicia, a los entonces Presidente Municipal y al Secretario de Seguridad Pública de Jiutepec con el objetivo de conocer su actuación respecto a los hechos señalados en la nota periodística mencionada.

Sumado a lo anterior y debido a que la violencia de género es una constante en la entidad, este organismo defensor de los Derechos Humanos solicitó informes a las autoridades antes mencionadas, al Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos y a 7 municipios de las zonas centro, oriente y sur poniente de Morelos, con el objetivo de conocer datos estadísticos acerca de casos de violencia contra las mujeres mayores de 16 años.

Una vez rendidos los informes por parte de las autoridades, a excepción Ayuntamiento del Emiliano Zapata quien fue omiso a las solicitudes de CDHMorelos, se pudo evidenciar que ninguna autoridad cuenta con un registro confiable de datos sobre este tipo de casos, por lo que resulta necesaria implementación urgente del Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, que permita conocer un panorama real para su efectiva atención.

Como parte de las investigaciones realizadas por este organismo, se analizaron datos publicados por organizaciones como Amnistía Internacional, OMS, ONU (Mujeres), INEGI, y la UAEM en coordinación del Colectivo de Análisis de Seguridad con Democracia, así como diagnósticos torno la problemática social de la violencia contra la mujer y en particular de los delitos de alto impacto como los feminicidios y trata de personas en Morelos.

Dicho análisis reveló los limitados resultados las políticas públicas, estrategias y programas emprendidas por el Gobierno del Estado y los Municipios en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la discriminación y la violencia contra las mujeres en la entidad, lo que evidentemente representa la vulneración de los Derechos Humanos de las mujeres como el derecho a la vida, a que se respete su integridad física, psíquica y moral; la libertad y a la seguridad personal; a su dignidad y que se proteja a su familia; igual de protección ante la ley, al acceso a la procuración y administración de justicia, derechos de la víctima u ofendida, entre otros. Mismos derechos que se encuentran plasmados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos instrumentos internacionales de los que el Estado Mexicano es parte.

Derivado de lo anterior y en base a las investigaciones y análisis realizados por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos que lo sustentan, se emite recomendaciones y solicitudes a los presidentes de los 33 municipios del Estado, IMEM, Gobernador del Estado, Fiscal General, TSJ, Congreso de Morelos, CESP, Secretaría de Salud y Secretaría de Educación del Estado de Morelos, mismas que se encuentran en el anexo.

ANEXO

RECOMENDACIONES

Al GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO y al SECRETARIO DE GOBIERNO DEL ESTADO, se recomienda (entre otras):

Tengan a bien rediseñar las estrategias y políticas públicas integrales tendientes a prevenir, atender, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra la mujer en sus diversas connotaciones, con especial atención a los delitos de alto impacto como los homicidios por razón de género, secuestros, trata de personas, etc., cometidos en agravio de las mujeres; dichas políticas que deberán estar orientadas en los derechos humanos de las mujeres

Tengan a bien implementar las medidas necesarias, a fin de dar cumplimiento al Decreto que crea el Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Morelos. Del mismo modo, se prevea la factibilidad suscribir los acuerdos y convenios de colaboración necesarios para crear una bolsa de trabajo para aquellas mujeres que fueron víctima de violencia

Al FISCAL GENERAL DEL ESTADO se recomienda (entre otras)

Tenga a bien instruir a los Directores de Investigaciones y Procesos Penales de la Zona Metropolitana y Regionales, a fin de que los Agentes del Ministerio Público analicen cada una de las carpetas de investigación a su cargo, iniciadas por ilícitos que impliquen violencia contra la mujer, con especial atención a aquellos homicidios de mujeres, identificado aquellos que deben ser considerados feminicidios.

Instruya al Coordinador de la Policía de Investigación Criminal de la Zona Metropolitana y Regionales, a efecto de que identifiquen aquellas órdenes de investigación, presentación, aprehensión y reaprehensión que se encuentran pendientes de cumplimentar, relacionadas con los casos de feminicidios, para que a la brevedad posible se brinde la atención y cumplimiento correspondiente.

Al COMISIONADO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA se recomienda (entre otras):

Rediseñar la política en materia de seguridad pública para la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres, que incluya protocolos de actuación oportuna de las solicitudes de auxilio de las víctimas, y la constante capacitación o actualización de los cuerpos policíacos sobre las materias de Género, Violencia, No discriminación y Derechos Humanos de las Mujeres.

Remita oportunamente al Instituto de la Mujer para el Estado, los informes estadísticos sobre hechos de violencia contra la mujer que se tengan registrados en sus archivos a fin de que sean integrados al Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres.

A los PRESIDENTES MUNICIPALES DEL ESTADO

Tengan a bien rediseñar las estrategias y políticas públicas municipales tendientes a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer en sus diversas connotaciones, con especial atención a los delitos de alto impacto como los feminicidios. Entre otras.

SOLICITUDES

A la SECRETARIA DE SALUD DEL ESTADO

ÚNICA.- A brevedad posible implemente las acciones y estrategias necesarias para cumplir a cabalidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, “Violencia familiar, sexual y contra las mujeres, criterios para la prevención y atención”, con especial atención a los rubros de Rehabilitación, aviso al Agente del Ministerio Público, registro de Información e investigaciones clínicas, epidemiológicas y de salud pública sobre violencia familiar o sexual; así como capacitar a los trabajadores de la salud para que orienten el ejercicio de su función a dicha norma oficial.

A la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO

ÚNICA.- Analice la factibilidad de crear lineamientos de observancia general en todos los planteles educativos a cargo del Gobierno del Estado, para prevenir, atender y erradicar la violencia contra las niñas en el ámbito educativo, que permita identificar este tipo de incidencias y dar parte de manera oportuna las autoridades competentes.

A la DIRECTORA DEL INSTITUTO DE LA MUJER PARA EL ESTADO DE MORELOS

Tenga a bien acelerar el proceso de integración del Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, a que se refiere la fracción VI del artículo 38, y octavo transitorio de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, toda vez que ha trascurrido en exceso el término establecido para su integración.

Redoblar esfuerzos, respecto a la difusión y promoción de los derechos de las mujeres, en particular al derecho a una vida libre de violencia, derechos de las víctimas u ofendidas, así como los procedimientos de denuncia, los espacios o instancias de atención a la mujer en el estado.

Se analice de factibilidad de brindar atención personal a las mujeres victimadas, las 24 horas, de todos los días del año.

Reforzar el vínculo institucional con los Ayuntamientos del Estado, a fin de verificar, observar y hacer aportaciones respecto a cada una de las estancias municipales de la mujer

MAGISTRADA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO:

Tenga a bien emitir circular a los Magistrados y Jueces del Poder Judicial del Estado, a efecto de que en todos los casos de violencia de género contra la mujer que se tramitan ante ellos, orienten sus actuaciones y determinaciones en los tratados internacionales de protección a los derechos humanos de la mujer, así como en las resoluciones de la Corte Interamericana de los derechos Humanos y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Analice la factibilidad de crear un Protocolo de Actuación Judicial en casos de Violencia de Género contra la Mujer, que entre sus principales directrices incluya la Atención Inmediata, Integral, coordinada, interinstitucional y sostenible, así como la protección efectiva a través de medidas precautorias, reparación integral, garantía de no revictimización, entre otras, en comunión con el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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