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Autoriza congreso a los ayuntamientos contratar empréstitos

unnamedCon el objetivo de otorgarle un respiro financiero a los 33 municipios y estos puedan contar con recursos para desarrollar obra pública, fue aprobado por mayoría el dictamen en positivo emanado de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública, en donde se autoriza a los municipios del estado de Morelos, a través de sus Ayuntamientos, gestionen y contraten uno o varios créditos o empréstitos.

Con la modificación al decreto número quinientos veintinueve, publicado el 26 de abril de 2016, se autoriza a los municipios del estado para que, por conducto de funcionarios legalmente facultados, gestionen y contraten con el Banco Nacional de Obras y Servicios públicos, S.N.C., o con cualquier integrante del sistema financiero mexicano, uno o varios créditos o empréstitos, hasta por el monto que en cada caso se determine.

El decreto establece que los municipios solo podrán solicitar hasta el 25% de lo destinado en sus ingresos por cuanto al Fondo de Infraestructura Social Municipal (FAIS) que le corresponda recibir durante el ejercicio fiscal que se encuentre transcurriendo o en el año que este financiamiento haya sido contratado.

Al mismo tiempo la reforma busca impedir que el presidente municipal sea quién designe a un funcionario determinado, para estar a cargo de la gestión de estos préstamos, y que por el contrario, quede establecido que será por conducto de funcionarios legalmente facultados, que se gestionen y contraten los créditos o empréstitos.

El crédito o empréstito al que los municipios podrán acceder podrá ser utilizado por los Ayuntamientos para el destino, conceptos, plazos, términos, condiciones y con características específicas y afectarán como fuente de pago un porcentaje del derecho a recibir y los ingresos que individualmente les correspondan del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAIS) una vez que celebren los convenios para adherirse al fideicomiso irrevocable de administración y pago número f/15378-12-269.

El fideicomiso será constituido por el Estado de Morelos, a través del Poder Ejecutivo estatal, por conducto de la Secretaría de Hacienda o bien con cualquier otro fideicomiso que, en su caso, constituya el Estado, a través del Poder Ejecutivo Estatal, en su carácter de fideicomitente, para formalizar el mecanismo de pago de los créditos que contraten con base y en términos de lo que se autoriza en el decreto.

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