El Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, clausuró los trabajos del Seminario Internacional de Transparencia Judicial 2013, Acceso a la Información y Protección de Datos, Un ejercicio de Derechos Fundamentales, que se llevaron a cabo del 28 al 31 de octubre.
Durante la ceremonia, el magistrado Alejandro Luna Ramos, Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), afirmó que la transparencia equivale a la democracia.
Ante estudiantes, académicos, jueces, magistrados y público en general, Luna Ramos subrayó que “la apertura de las instituciones públicas al escrutinio público es no sólo un factor estimulante del diálogo democrático y plural, sino uno de los pilares estructurales de dicho sistema”.
Acompañado por el magistrado Ernesto Saloma Vera, Consejero de la Judicatura Federal, Luna Ramos destacó que al estar íntimamente ligada la transparencia a la honestidad de las autoridades y representar el compromiso de no cometer abuso alguno de su encargo, la visibilidad de la actuación pública constituye un valor ético de primer orden.
Asimismo, transparentar los actos de autoridad representa un genuino principio republicano, al involucrar el reconocimiento, por parte del funcionario, de que sus actividades no tienen otro fin que el servicio a la comunidad.
Al participar en el panel Protección de la vida privada y de la intimidad en las resoluciones judiciales, el Ministro Luis María Aguilar Morales apuntó que la solución del conflicto que puede involucrar la colisión entre el derecho a la información, reconocido por el artículo 6º Constitucional, y el derecho a la protección de datos personales, tutelado a nivel constitucional en el artículo 16; no reside en la necesidad de hacer prevalecer uno frente a otro, como si se tratara de una decisión absoluta entre todo o nada, sino más bien en lograr su equilibrio desde la ponderación del escenario particular y concreto.
Prueba de esa dimensión armonizadora, agregó, es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dejado claro que, en principio, en materia de derecho a la información pública, la regla general en un Estado democrático de derecho debe ser el acceso y máxima publicidad de la información.
Sin embargo, destacó, el derecho a la información no es absoluto, sino que su eficacia encuentra también algunos límites, “como acontece, por ejemplo, frente a información que ponga en riesgo la seguridad nacional, el interés público o los derechos de tercero, como sería su intimidad, su vida privada, entre otros”.
Mencionó que, sobre esa base y atendiendo la clasificación de información reservada o confidencial que diseñó el legislador en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el Pleno de la SCJN ha establecido, por ejemplo, que los expedientes judiciales que no hayan causado estado, las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, mientras no sea adoptada la decisión definitiva, constituyen información reservada.
No obstante, concluyó, la SCJN ha estimado que en aquellos supuestos, en los cuales la difusión de dicha información pueda producir mayores beneficios para la sociedad que los daños que pudieran provocarse con su divulgación, debe hacer una excepción a la regla, privilegiando la transparencia y la difusión de la información respectiva.
El Seminario tuvo una asistencia de alrededor de mil 200 personas, entre estudiantes, académicos, jueces, magistrados y servidores públicos del PJF, durante los cuatro días de trabajos.