El Partido Socialdemócrata (PSD) a través de su dirigente estatal, Eduardo Bordonave Zamora, así como del representante jurídico, Israel Rafael Yúdico Herrera, hacemos del conocimiento a la sociedad en general y medios de comunicación, el resolutivo de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitido el pasado 02 de junio del año en curso, en sesión pública se dictó sentencia expediente SDF/JE/50/2015 y su acumulado SDF/JE/54/2015 respecto del juicio interpuesto por el PSD en contra del candidato a la presidencia municipal de Cuernavaca, Jorge Vicente Messeguer Guillén, por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), por actos anticipados de campaña.
Eduardo Bordonave, presidente del PSD, se ha conducido en un estricto respeto y apego a la legalidad y las instituciones, en una clara responsabilidad de privilegiar los tiempos y conducirse por la vía jurídica correcta. Por ello, da conocer el resolutivo, que en el contexto, la Sala Regional considera que en el caso existen actos anticipados de campaña del candidato del PRD, por lo que procede es revocar la resolución impugnada y se ordena al Tribunal Electoral del Estado de Morelos que a más tardar el día 5 de junio, individualice e imponga las sanciones a los denunciados. Dichas sanciones tendrán que individualizarse por el número de lonas colocadas así como el número de días que estuvieron expuestas, y proceder a la sanción, que pudiera ir desde la amonestación pública, una multa de 150,000 pesos al candidato y de por lo menos 400,000 pesos al PRD y/o la cancelación de su registro como candidato.
Con la presente resolución, el Tribunal Federal está demostrando la irregularidades con las que se ha conducido el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) a través de su Comisión de Quejas. Así como también, determina que existieron actos anticipados de campaña del candidato Jorge Vicente Messeguer Guillén, por el PRD a la alcaldía de Cuernavaca, y además de la sanciones ya señaladas, también se determina que dicha conducta ilegal, tendría como consecuencia, que en el hipotético caso que Jorge Messeguer Guillen y el PRD ganaran, la elección seria anulada, toda vez que la falta cometida ya trastoco la equidad en la contienda electoral, lo cual sería un hecho irreparable. Por tanto, independientemente de la sanción que imponga el Tribunal Estatal Electoral, el PRD y Jorge Messeguer Guillen, no podrían ganar esta elección.
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