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Por omisión de la Fiscalía dejan en libertad a pediatra acusado de abusar de sus hijos

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos que preside la licda. Lucero Benítez Villaseñor, recibió queja el 21 de agosto del año en curso de la C. Verónica Sánchez a favor de sus menores hijos integrada en el expediente 490/2015-3. La promovente manifestó que uno de sus hijos le señaló conductas inapropiadas por parte de su padre comentando que “le había hecho cosas feas en el baño”, razón por la cual en el mes de mayo del 2012 buscó la intervención del sistema DIF Morelos a través de la Procuraduría de la Defensa del menor y la Familia, quienes realizaron un peritaje psicológico al menor, mismo que arrojó síntomas de abuso sexual.

En razón de lo anterior se inició la denuncia penal CT-UIDD/126/2012 en contra del padre de profesión pediatra en una importante clínica en la zona oriente, misma que se judicializó en la causal JCC/381/2012 a cargo de la Juez de Primera Instancia Licda. Caty Lorena Becerra Arroyo, quien emitió una orden de restricción, además de solicitar su firma semanal. De igual forma, la Ministerio Público que conoció del caso Licda. María del Refugio González Hernández omitió solicitar la presencia de un psicólogo durante la declaración del menor, además de ordenar un dictamen médico sin los alcances necesarios. Como resultado de esta serie de acciones y omisiones, se resolvió el expediente con la libertad absoluta del imputado

Es importante señalar que la promovente y el imputado se encuentran actualmente separados y llevando a cabo juicio por la custodia de los menores radicado en el expediente 380/2012 en el Juzgado Primero de lo familiar de la tercera secretaría, dónde la juez que conoce del caso autorizó la convivencia de los infantes con su padre sin analizar el antecedente penal por abuso sexual, aunado a lo anterior, la promovente manifestó haber sido presionada y amenazada por parte de las autoridades para signar un convenio sobre dichas convivencias, mismas que fueron asistidas por una psicóloga quien también señaló indicios de abuso sexual en los niños, sin embargo, la juez hizo caso omiso.

Posterior a la radicación del expediente 434/2013 en el Juzgado Primero de lo Familiar segunda secretaría, la juzgadora encargada de la carpeta determinó conceder la custodia provisional a los abuelos paternos de los infantes, sin tomar en cuenta que el padre tiene el mismo domicilio que estos, acción que expone la integridad de los menores.

Trasciende que durante la valoración inicial del DIF estatal, se refirió la posibilidad de que el otro infante también estuviera en la misma situación que su hermano, motivo por el cual se le realizó la valoración correspondiente, encontrando también indicios de abuso sexual. Sumada a la valoración psicológica, se realizó un estudio médico que confirmó dichos actos encontrando lesiones en esfínter y otras señales de violación.

Por todo lo anterior y en atención al expediente de queja 490/2015-3 radicado en este organismo defensor de los derechos fundamentales, la CDHM solicitó a la Fiscalía General del Estado la implementación de las medidas precautorias necesarias afín de salvaguardar la integridad física y psicológica de los menores, al tiempo que realizó la inspección ocular de las carpetas de investigación relacionadas con el presunto abuso sexual, encontrando diversas irregularidades por cuanto a acciones y omisiones que han llevado a dejar en estado de indefensión a los infantes toda vez que dicha carpeta no se encuentra integrada.

Es importante resaltar que la Fiscalía General del Estado de Morelos ha omitido rendir el informe solicitado por este organismo, pese a existir recordatorios.

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos se manifiesta preocupada por cuanto al actuar de las autoridades en un tema tan delicado que involucra posibles violaciones sexuales en contra de 2 menores por parte de su padre quien es un reconocido pediatra, lo que significa un peligro latente por su constante contacto con menores de edad.

Este organismo encuentra razones y pruebas suficientes para evidenciar violaciones a los Derechos Humanos en agravio de los menores hijos de la promovente, sin embargo se exhorta a la Fiscalía General del Estado a informar de manera oficial a este organismo sobre sus actuaciones en las carpetas penales antes señaladas; al tiempo que se solicita en vía de colaboración la intervención de la Magistrada Presidenta del Tribunal superior de Justicia del Estado , así como del Consejo de la Judicatura de Morelos.

El Estado tiene la obligación de crear y aplicar los mecanismos necesarios para la protección de la niñez contra todo tipo de conductas que violenten su integridad y sus derechos humanos.

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