El diputado Julio Espín Navarrete propuso modificar el Código Procesal Familiar para el Estado de Morelos, para establecer que en caso de que exista una controversia relativa a la corrección de un acta del Registro Civil, el término para contestar una demanda pueda ser formulada dentro del plazo de cinco días.
Durante la pasada sesión ordinaria, el legislador presentó ante el Pleno del Congreso, una iniciativa con el objetivo de adicionar un párrafo al artículo 275 del citado ordenamiento, tras señalar que existen innumerables y diversos juicios que saturan los juzgados de primera instancia de lo familiar y de sucesiones del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en la entidad, por ello “se pretende agilizar los trámites con esta iniciativa de reforma”.
El documento señala que “existen un sin número de criterios jurisprudenciales, sustentados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación a corregir las actas del registro civil, y que atendiendo a que en la mayoría de los juicios, son procedentes las rectificaciones a las actas de nacimiento, matrimonio, defunción y divorcios”.
Puntualiza, que no es sólo en los casos de error en la anotación, “sino también cuando existe una evidente necesidad de hacerlo, como en el caso en que se ha usado constantemente otro nombre de aquel que consta en el Registro y sólo con la modificación del mismo se hace posible la identificación de la persona”.
La iniciativa que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación para su análisis y dictamen, destaca que se trata de ajustar el acta a la verdadera realidad social y no de un simple capricho, siempre y cuando, además, esté probado que el cambio no implica actuar de mala fe, no se contraría la moral, no se defrauda ni se pretende establecer o modificar la filiación, ni se causa perjuicio a terceros.