Derivado del inicio del proyecto de remodelación de la plaza de armas del centro de Cuernavaca y como parte de la recuperación de espacios públicos del denominado comercio informal, que implementaran las autoridades estatales y municipales, el grupo de artesanos indígenas “Tlacuillolo Tlamayekchiwke”, así como el grupo de artesanas indígenas de la “Unión de Artesanas Náhuatl-Mazahua, quienes ejercían el comercio de sus productos como medio de sustento, fueron desalojados de los lugares que ocupaban desde tiempo atrás en la mencionada plaza.
De la misma manera, un grupo de comerciantes independientes que ocupaban un lugar a las afueras del Palacio de Cortés en el primer cuadro de la ciudad capital, fueron retirados por autoridades municipales. Ante esta situación, estos grupos solicitaron la intervención de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, iniciando las quejas correspondientes, mismas que fueron acumuladas en el expediente 201/2016-3.
Por lo anterior, este organismo solicitó la aplicación de medidas precautorias en el sentido de evitar actos de molestia en contra de los promoventes. De igual forma se solicitaron los informes correspondientes al Ayuntamiento de Cuernavaca, a la Secretaría de Obras Públicas y a la Secretaría de Gobierno del Estado de Morelos y a la Comisión Estatal de Seguridad Pública. Sumado a lo anterior, este organismo llevó a cabo diligencias para la implementación de mesas de diálogo entre las partes a fin de encontrar mediante la conciliación, una solución al presente asunto, sin embargo, no hubo acuerdos.
Una vez rendidos los informes por parte de las autoridades, a excepción de la CESP este organismo analizó las evidencias y bajo los principios rectores de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, de las mujeres indígenas, derecho de audiencia, y advirtiendo una violación al derecho al trabajo, a la seguridad jurídica, legalidad, integridad y seguridad personal, y observando en la práctica un ejercicio indebido de la función pública por parte de las autoridades del Ayuntamiento de Cuernavaca, esta comisión emite la recomendación 201/2016-3:
Al Presidente Municipal de Cuernavaca
Primera.- inicie y determine el procedimiento administrativo que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, en contra de los servidores públicos involucrados.
Segunda.- Instruya a quien corresponda para que se implemente una mesa de diálogo con los quejosos, a fin de que sean reubicados en lugares adecuados donde puedan expender sus mercancías.
Tercera.- Instruya a quien corresponda para que se realicen las acciones y medidas necesarias para hacer efectiva la restitución de los derechos violados a los quejosos.
Cuarta.- Instruya al personal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana para que rindan los informes solicitados por este Organismo.
Quinta.- La garantía de no repetir conductas que vulneren los derechos humanos, a través de la implementación de cursos de derechos humanos al personal del Ayuntamiento del Municipio de Cuernavaca
De igual forma se emite SOLICITUD al Gobernador del Estado de Morelos:
Primera.- Instruya a quien corresponda para que participe en la implementación de la mesa de dialogo con el personal del Ayuntamiento de Cuernavaca y los quejosos, a fin de que sean reubicados.
Segunda.- Instruya al personal de la Comisión Estatal de Seguridad Pública para que rindan los informes solicitados por este Organismo.
Las autoridades recomendadas cuentan con un plazo de DIEZ DÍAS NATURALES para hacer del conocimiento de este organismo la aceptación o no de la presente resolución, a partir de su notificación fecha del 6 de Octubre del 2016.