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Interpone Tribunal de Justicia Administrativa Controversia Constitucional contra decisiones de diputados de Morelos

El Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa, Jorge Alberto Estrada Cuevas, interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por las reformas que realizaron los diputados en el mes de diciembre del año pasado pero que se publicaron en el mes de febrero de 2018, al considerar que el tribunal que representa no puede estar adscrito al Poder Judicial de Morelos porque esto violenta la norma federal, pero además al incrementar el número de magistrados se violaron otras disposiciones.

Esta es la segunda controversia que se interpone contra los diputados, la primera fue por al Tribunal de Justicia para Adolescentes.

En los argumentos de la controversia se reclama como acto cuya invalidez se demanda, el Decreto número Dos mil quinientos ochenta y nueve. Por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa y de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos, publicado en el periódico oficial “Tierra y Libertad” número 5578 de fecha quince de febrero de dos mil dieciocho.

Según los argumentos presentados por el magistrado se detalle que “Mediante Decreto número 2758 divulgado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad 5315 de 11 de agosto de 2015, se publicó la declaratoria de reforma por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, en materia de transparencia y de combate a la corrupción; destacando entre ellas la sufrida al artículo 109 bis que transforma al Tribunal que represento de Tribunal de lo Contencioso Administrativo a Tribunal de Justicia Administrativa, otorgándole jurisdicción y autonomía plena para dictar sus fallos, NO adscrito al Poder Judicial del Estado de Morelos”.

Los conceptos de invalidez que argumenta el magistrado es que “la LIII legislatura del Estado de Morelos, efectúa un acto legislativo de suyo carente de argumentación reforzada, al reformar el artículo 109 bis de la Constitución Politíca del Estado de Morelos (en adelante CPEM), disponiendo que: Artículo 109-bis.- La justicia administrativa estatal se deposita en un Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos; será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y ógano especilizado del Poder Judicial del Estado, dotado de plena jurisdicción y autonómia para dictar sus fallos”.

Por este motivo se solicitó primero la suspensión provisional de las reformas y se pide se sume a la que interpuso la magistrada del TUJA.

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