
Relativo al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el día 24 de junio del presente año, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), considera:
1.- Los puntos de acuerdo son propuestas que los legisladores ponen a consideración del Pleno que no constituyen iniciativas de Ley, son pronunciamientos sobre asuntos políticos, culturales, económicos o sociales que afectan a una comunidad o grupo en particular, para formular algún pronunciamiento, exhorto o recomendación.
2.- Debemos recordar que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, es jerárquicamente superior a un punto de acuerdo, por lo tanto, lo resuelto por el congreso del Estado es de absoluta invalidez, no solo por lo señalado por la propia Ley, sino también por la Lógica Jurídica.
3.- El Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos está preparando las acciones legales pertinentes con el objeto de proteger al Poder Judicial de los actos realizados por el congreso del Estado, los cuales han violado la Autonomía e Independencia de este máximo órgano de justicia.
4.- El Tribunal continuará respetando la división de poderes, sin embargo, nuestro compromiso es defender la autonomía e independencia, el Estado de Derecho y principalmente la constitución