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Rosalina Mazarí Espín, incurrió en responsabilidad administrativa por falta grave: Tania Valentina

Buenos días, compañeras y compañeros de los medios de comunicación social.

Les convocamos a esta rueda de prensa con el objetivo de darles a conocer que durante semana anterior preparamos y entregamos a la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso, una denuncia por responsabilidad administrativa por la comisión de una falta grave, en la que presuntamente habrían incurrido la Diputada Rosalina Mazarí Espín y el Contador Juan Santos Montes, presidenta y secretario técnico de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso de Morelos, respectivamente.

Como ustedes saben, durante la pasada Legislatura se llevo a cabo una profunda y amplia reforma para instalar el sistema estatal anticorrupción y adaptar nuestro sistema jurídico al nuevo régimen de responsabilidades en las que pueden incurrir los servidores públicos, todo lo cual fue publicado en el periódico 5514 del 19 de julio de 2017.

De esta reforma, entre otras cosas, se determinó que para sancionar faltas no graves que cometen servidores públicos en el ejercicio de su función, se aplicaría la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos.

Pero cuando las faltas sean graves, se aplicaría la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que tiene aplicación en todo el país.  

Pues bien, es el caso que, con base en esta Legislación, he acudido al órgano de control interno del Congreso, que en este caso está representado por la ESAF, quien tiene facultades para investigar, y de hallar fundada mi denuncia, turnar el expediente al Tribunal de Justicia Administrativa para que imponga sanciones a los dos servidores públicos que he denunciado.

Las sanciones para estas conductas por faltas graves están señaladas en el artículo 78 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y van desde la suspensión o destitución del cargo hasta la inhabilitación para volver otros cargos públicos.

Las conductas imputables a estos dos servidores públicos se resumen en lo siguiente:

La Diputada Rosalina Mazarí su secretario técnico encubrieron por dolo o negligencia a servidores públicos imputados por la ESAF en los informes de resultados que le entregaron, y estos servidores públicos de la Comisión de Hacienda, en lugar de darles tramite y emitir un dictamen con efectos de declaratoria, lo que hicieron fue guardarlos.

Esto nos ha llevado a que el proceso de auditoría y fiscalización lleva entre 6 y 11 meses detenido, parado, sin avance, lo que no solo es desorganización u olvido, es a todas luces una forma de encubrir a otros servidores públicos, que hasta la fecha estan muy campantes y tranquilos en sus casas.

A esta forma de encubrimiento, se agregan otras faltas como las siguientes:

  • Violaron el artículo 32 de la Constitución que, dice que en sus dos periodos de sesiones revisará los informes sobre la cuenta pública. En este caso durante todo un año solo presentó 5 y guardó 60, de forma injustificada y encubriendo por dolo o negligencia a otros servidores públicos.
  • Violó el artículo 50 de la Ley de Fiscalización y rendición de cuentas, al impedir que se cumpliera con lo que señala: “El Pleno conocerá de los informes de resultados presentados por el titular de la ESAF y luego los remitirá al Poder Ejecutivo del Estado para su publicación en el Periódico Oficial”. 
  • Violó la Ley Orgánica del Congreso, pues sabiendo que la Comisión de Hacienda es rotativa y anual, se debió haber preparado para concluir su mandato y entregar buenas cuentas de su gestión y no lo hizo.
  • De igual manera, hay que decirlo claro, nunca nos notificó a los integrantes de esta Comisión sobre la existencia de esos informes de resultados, y mucho menos cumplió con la disposición de nuestro reglamento en el sentido de dictaminarlas máximo en un plazo de 60 dias.

Así que les anunció que ya esta presentada ante la ESAF LA DENUNCIA POR FALTA GRAVE DE LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y SU SECRETARIO TÉCNICO y he solicitado que una vez que concluya su investigación turne el expediente al Tribual de Justicia Administrativa.

Nada es personal, es una denuncia por hechos por encubrimiento, negligencia y dolo que afecta al estado en su conjunto.

Para nosotros lo que debe brillar es el principio máximo de nuestro sistema jurídico es: NADIE AL MARGÉN DE LA LEY, NADIE POR ENCIMA DE LA LEY.

Muchas gracias

Quedo a sus órdenes.

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