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TSJ emite comunicado respecto a un acuse de la misiva dirigida al Presidente de la Mesa Directiva del Congreso por un grupo de 9 magistrados

La Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, informa a la opinión pública que el acuse de la misiva de siete de enero de dos mil veinte, dirigida al Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado por un grupo de nueve magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, y que se difundió en diversos medios de comunicación escrita, contiene hechos que no se ajustan a la realidad.

En primer lugar, se aclara que todas y cada una de las convocatorias realizadas por la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, se ajustan tanto a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos como al Reglamento de dicha norma, ya que adverso a lo sostenido por los magistrados firmantes de la referida misiva, han sido oportuna y legalmente notificados a la celebración de plenos ordinarios y extraordinarios.  

Lo cual inclusive, han confesado expresamente los “nueve magistrados” firmantes del citado memorial (al momento de promover diversos juicios de amparo tramitados en el decimoctavo circuito), al dejar sentado:

a)    Que a la sesión de 03 de junio de 2019, comparecieron, pero se retiraron.
b)    Que a la sesión de 06 de septiembre de 2019, fueron notificados, pero no comparecieron porque son de la opinión de contar primeramente con determinadas documentales (las cuales estuvieron a su disposición en la Secretaria General sin que se impusieran de las mismas).
c)     Que a la sesión de 13 de diciembre de  2019 acudieron, pero se retiraron antes del pase de lista por que no se atendió la petición que planteó el Magistrado Carlos Iván Arenas Ángeles (con pleno conocimiento de que es contraria a la ley).

Así con apoyo en lo anterior, es de concluirse que no existe el desapego a la ley por parte de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos en las convocatorias hechas a todos los Magistrados del Tribunal Superior, pues han sido oportunamente convocados, lo cual inclusive, advirtieron los jueces segundo y tercero de distrito, al dejar sentado que “los efectos del amparo no liberan de sus responsabilidades a los Magistrados integrantes del Pleno”, refiriéndose precisamente al abandono injustificado mostrado por los nueve magistrados autores del escrito antes referido, en la sesión de 03 de junio de 2019.

Consecuencia jurídica que desde luego, es aplicable a las ausencias injustificadas de los referidos funcionarios a las sesiones de Pleno de 06 de septiembre y 13 de diciembre ambas de 2019, a que fueron legal y oportunamente convocados por la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, de ahí que no exista la omisión atribuida.

Evidenciando con ello, que en realidad quienes han incurrido en irregularidades en el desempeño de sus encargos lo son los nueve magistrados signantes del multicitado escrito de siete de enero de dos mil veinte, ya que su reclamo, ha sido examinado preliminarmente por diversos jueces federales, determinado negarles la suspensión de los actos reclamados, entre los que destaca, la prórroga de su adscripción en las salas en que fueron adscritos del primero al treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve, por la sustancial razón de que “de suspenderse se estaría afectando el interés social, debido a que la actividad primordial de éstos, es la de administrar justicia”.

Con esta determinación, se pone en relieve la aviesa conducta desplegada por los nueve magistrados firmantes de la misiva multireferida, al pretender confundir a la sociedad, y a los representantes de los órganos constituidos, como lo es, el Congreso del Estado de Morelos, refiriendo con falacia que “no cuentan con adscripción territorial, por lo que están impedidos por ministerio de ley para abocarse al conocimiento de los asuntos de su responsabilidad”.    

Pues como se ha referido, han promovido sendos amparos contra la prórroga de su adscripción ordenada en sesión de 13 de diciembre de 2019 (acto respecto al cual se les ha negado la suspensión en los términos precisados en el párrafo que precede), ante su retiro injustificado, y la prevalencia del interés social y el orden público. 

Adscripción prorrogada que  constituye un hecho público y notorio, al publicitarse la circular 49 en el ejemplar 7495 del Boletín Judicial correspondiente al seis de enero de 2020, así como en la liga: http://www.tsjmorelos2.gob.mx/transparencia/circulares_pleno/2020/circular49_06enero.pdf.

Finalmente, se precisa, que no existe aún sentencia ejecutoria de Tribunal Colegiado de Circuito alguno en que se establezca que es ilegal la prórroga de adscripción de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, en las salas en que se desempeñaron durante 2019

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