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Opaco y cuestionado trabajo de magistrados del Tribunal Estatal Electoral de Morelos.

Las resoluciones de los magistrados del Tribunal Estatal Electoral de Morelos dejaron en evidencia la opacidad y favoritismo político con que se conducen los magistrados Ixel Mendoza Aragón, Martha Elena Mejía y Carlos Alberto Puig Hernández, al grado que  vergonzosamente Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y las salas regionales les han tenido que corregir en diversas ocasiones sus resoluciones.

Los intereses políticos que mueven al Tribunal Electoral de Morelos son evidentes por ejemplo han dilatado resoluciones que tenían que estar listas desde el primero de septiembre pero se “otorgaron” 15 días más para resolver,  con el único argumento de exceso de trabajo y que se analiza jurídicamente, pero todo hace pensar en que realidad detrás hay negociaciones políticas.

Los hierros del tribunal son evidentes como cuando se pretendía ayudar a la morenista Alejandra Flores para seguir como legisladora pero al final la Sala Regional designó Andrea Gordillo como legisladora por el PAN. Otro caso que dejó en evidencia fue que la Sala Regional también quitó el acta de mayoría a Ulises Pardo Bastida quien se hizo pasar como indígena de Coajumulco.

En los ayuntamientos los magistrados también han dejado mucho que desear por no resolver apegados a lo jurídico avalando decisiones del propio IMPEPAC como fue la designación de regidurías en Cuernavaca donde decidieron dar más regidores a los partidos llamados grandes dejando de lado a la representación de las minorías a pesar de haber obtenido tres por ciento de la votación.

Ayer los magistrados al entrar al análisis de estas designaciones decidieron frenar la sesión y programarla a las ocho de la noche de este día,  dejando mucho que desear por la opacidad con que pretenden sesionar durante la noche del grito de independencia.

Expertos en legislación electoral advirtieron que desde el IMPEPAC la designación de regidores en Cuernavaca fue errónea pues se dejó fuera a las minorías que lograron el 3% de la votación violando el artículo 18 del Código Electoral de Morelos que a la letra dice:

 “Artículo 18. La asignación de regidurías se sujetará a las siguientes reglas:

Se sumarán los votos de los partidos que hayan obtenido cuando menos el tres por ciento del total de los sufragios emitidos en el municipio correspondiente; el resultado se dividirá entre el número de regidurías por atribuir para obtener un factor porcentual simple de distribución, asignándose a cada partido, en riguroso orden decreciente, tantas regidurías como número de factores alcance hasta completar las regidurías previstas. Al momento de realizar la asignación de regidurías, el Consejo Estatal observará las disposiciones constitucionales relativas a la sobre y subrepresentación; para ello se deberá observar la misma fórmula establecida para la asignación diputados por el principio de representación.”

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