
El Presidente Municipal de Cuernavaca Antonio Villalobos Adán le negaron una suspensión definitiva y le otorgaron una por el juzgado octavo de distrito.
Según el expediente Incidental 827/2020
radicado en el Juzgado octavo
El alcalde se amparo ante una resolución de veintiocho de febrero de dos mil veinte, dictada en el expediente 01/59/16, en la que se impone una multa por quince unidades de medida y actualización (mil 300 aproximadamente) y otro.
El Juzgado resolvió:
“PRIMERO. SE NIEGA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA a ***, por propio derecho, por cuanto hace a los actos reclamados precisados en el considerando segundo, numeral I, inciso a) y numeral II, inciso b), por los motivos expuestos en el considerando sexto de esta resolución interlocutoria. *_SEGUNDO. SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA a ***, por propio derecho, por cuanto hace a los efectos_* y consecuencias del acto reclamado identificados en el considerando segundo, numeral I, inciso a), por los motivos expuestos en el considerando noveno de esta resolución interlocutoria. Notifíquese.”
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