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PODRÍA SER DETENIDO EL DIRECTOR DE GOBERNACIÓN DE CUERNAVACA POR ADEUDO

El director de gobernación del municipio de Cuernavaca, Eugenio Navarro Milla, en cualquier momento podría ser detenido e ir a parar a cárcel, si no paga un adeudo de más de 130 mil pesos, que con intereses y gastos y costas del juicio Ejecutivo Mercantil, expediente número 288/2011, debe a un empresario que desde el 25 de octubre del año 2008 le presto gran parte de ese dinero, cuando el hoy funcionario se encontraba desempleado y le pidió prestado para solventar los gastos de su familia.
Esto resultado de la sentencia emitida por el Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia del Poder Judicial del estado, cuya titular es Nadia Anahí Aguirre Montes, el pasado 24 de febrero, que prácticamente de inmediato fue notificada al deudor, al que se le otorgaron cinco días, a partir de que la sentencia quedó firme “para que dé cumplimiento voluntario a la presente sentencia; apercibido que en caso de no hacerlo, se procederá conforme a las reglas de la ejecución forzosa”.
De acuerdo al resolutivo de la citada sentencia en la que además se destaca en el tercer punto que: “Se condena a la parte demandada Eugenio Navarro Milla en su carácter de deudor principal al pago de la cantidad de 90 mil pesos, por concepto de suerte principal”.
El cuarto resolutivo establece que: “ Se condena al demandado Eugenio Navarro Milla, en su carácter de deudor principal al pago de la cantidad que resulte por concepto de intereses moratorios vencidos y no pagados y los que se sigan venciendo hasta la disolución del presente adeudo a razón del 2 por ciento, mensual pactados en los documentos base de la acción, los cuales deberán ser cuantificados desde el momento en que incurrió en mora y hasta el pago total del adeudo, previa liquidación que formule la parte actora, por las razones expuestas en la presente resolución”.
Además como quinto resolutivo el Juzgado Tercero Civil determino que: “Se condena
A la parte demandada Eugenio Navarro Milla, en su carácter de deudor principal, pago de la cantidad que resulte por concepto de gastos y costas erogados por la actora en la tramitación del presente litigio, previa liquidación que el efecto se formule, en ejecución de sentencia”.
Todo ello luego de que el ahora funcionario tras haber firmado un pagaré por 80 mil pesos el 25 de octubre del año 2008 a su acreedor, le solicitó otro préstamo de diez mil pesos el 6 de diciembre de 2010, mismos que hasta le fecha no ha pagado, y cuando fue requerido ante la autoridad, cínicamente a decir del afectado, simplemente acepto el adeudo, pero dijo “no tener con que pagar, ya que no tenía ningún bien a su nombre” y con eso trato de evadir toda responsabilidad, lo que obligó al afectado a interponer el juicio en mención cuya sentencia ahora deberá cumplir el Director de Gobernación, si no quiere ir a parar a la cárcel.

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