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PROPONEN ELIMINAR AGUINALDO A FUNCIONARIOS DE PRIMER NIVEL

Los diputados Héctor Salazar Porcayo y Juan Ángel Flores Bustamante propusieron una reforma para que no se pague aguinaldo a los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, el gobernador y los secretarios de despacho, los diputados locales y los integrantes de los cabildos de los 33 municipios de la entidad.

La propuesta presentada ante el pleno legislativo destaca que tales servidores públicos no tienen la calidad de trabajadores de confianza, de base ni eventuales, y por tanto no deben gozar de esa prerrogativa.

En sus consideraciones, el documento señala que durante la gestión del gobernador Lauro Ortega Martínez (1982-1988) se modificó la Ley del Servicio Civil para apoyar generosamente la economía de los trabajadores de menores ingresos, dotándolos de un aguinaldo, único en el país, de tres meses de salario.

Sin embargo, ese derecho se ha pervertido al hacerse extensivo a quienes hoy se les pretende eliminar, de tal manera que “el egreso por este concepto a todas luces injusto e inmoral, es uno de los mayores pasivos en las finanzas públicas de la entidad”.

Expone que los ingresos de los citados “son decorosos, bastante decorosos en relación al ingreso promedio de los trabajadores de la entidad”, y recuerda que “uno de los planteamientos fundamentales de Don José María Morelos y Pavón, fue la moderación entre la opulencia de unos cuantos y la indigencia de la mayoría”.

La iniciativa firmada por los diputados Héctor Salazar Porcayo, presidente de la Comisión del Trabajo, Previsión y Seguridad Social, y Juan Ángel Flores Bustamante,

presidente de la Junta Política y de Gobierno, lamenta: “Nuestros antecesores en las legislaturas previas han planteado un doble discurso ante la sociedad, públicamente han manifestado su preocupación y solidaridad ante la constante pérdida del poder adquisitivo de los asalariados y trabajadores, los más en la informalidad sin derecho social alguno, y en privado nos hemos erigido entre los servidores públicos mejor pagados de la entidad”.

Resalta que en la legislatura anterior “fue verdaderamente vergonzoso el espectáculo para justificar, desde todos los partidos políticos, la negativa a legislar contra el pago de aguinaldo a estos servidores públicos”.

Y advierte que “hoy nuevamente nos encontramos en este dilema, quizás se repitan los discursos justificatorios de una conducta injustificable e inmoral; grave será que en un gobierno que ha prometido austeridad republicana sus legisladores actúen en sentido contrario al clamor popular y al sentido común, a la decencia política y a una mínima congruencia política y ética”.

En sus términos actuales el artículo 42 de la Ley del Servicio Civil indica:

Artículo 42.- Los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado o de los Municipios, tendrán derecho a un aguinaldo anual de 90 días de salario. El aguinaldo estará comprendido en el presupuesto anual de egresos y se pagará en dos partes iguales, la primera a más tardar el 15 de diciembre y la segunda a más tardar el 15 de enero del año siguiente. Aquellos que hubieren laborado una parte del año, tendrán derecho a recibir la parte proporcional de acuerdo con el tiempo laborado.

La reforma propuesta consiste en adicionar un párrafo al final de este texto, en los términos siguientes:

Dado que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, Gobernador y Secretarios de despacho, Diputados locales e integrantes de los 33 cabildos de la entidad no son trabajadores de confianza, de base, ni eventuales, no gozarán de esta prerrogativa de ley.

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