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PUBLICAN REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CANJE DE PLACAS DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR DEL ESTADO DE MORELOS 2013

Con fecha 27 de marzo de 2013, en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad del Estado Libre y Soberano de Morelos” número 5080, se publicó el acuerdo administrativo de la Secretaría de Hacienda por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Canje de Placas de Identificación Vehicular para el Estado de Morelos 2013.

La publicación de este documento oficial también incluye el decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 30 del Reglamento de Tránsito del Estado de Morelos y el 10 del Reglamento del Registro Estatal de Vehículos y Automotores del Estado de Morelos, que tienen que ver con la contratación de un seguro de daño a terceros.

En el Artículo Primero del acuerdo administrativo de la Secretaría de Hacienda se establece que están sujetos al cumplimiento del Programa de Canje de Placas de Identificación Vehicular para el Estado de Morelos 2013, las personas físicas y morales propietarias o poseedoras de vehículos inscritos en el Padrón Vehicular del Estado de Morelos.

La primera fracción del Artículo Tercero indica que para cumplir con este programa se debe “acreditar que se cuenta con una póliza de seguro por responsabilidad de daños a terceros, vigente y pagada, con una cobertura que no será inferior a la cantidad equivalente a un mil seiscientos treinta días de salario mínimo general vigente en la entidad”.

Con respecto a la reforma del Reglamento de Tránsito del Estado de Morelos, se adicionó un párrafo y una fracción al Artículo 30 para ser la IV, recorriéndose en su orden las actuales IV y V para ser V y VI.

Para registrar a vehículo al padrón de vehicular del estado de Morelos, el párrafo y fracción adicional dicta lo que se debe “contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente y pagada con una compañía autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, que ampare cuando menos los daños que se lleguen a ocasionar a terceros en su persona y en sus bienes con motivo de un accidente de tránsito…”.

En entrevista, el secretario de Movilidad y Transporte, David Gómez Basilio, señaló que con estas modificaciones todos los propietarios de vehículos particulares están obligados a cumplir con estas disposiciones para adquirir el nuevo juego de placas.

David Gómez dejó en claro que los concesionarios del transporte público de pasajeros, con y sin itinerario, no tienen la obligación de adquirir esta póliza de seguro, puesto que ellos como transportistas ya de por sí tienen la obligación de contar no sólo con el seguro de daños a terceros como concesionarios, sino de un seguro mucho más amplio, dada la actividad.

Con esta publicación se da sustento legal a las disposiciones anunciadas por el gobernador Graco Ramírez en el “Paquete Vehicular para Circular Seguro”, considerado dentro de la estrategia de seguridad pública.

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