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SENADO APRUEBA LA REFORMA POLÍTICA CON REELECCIÓN E INE

El Pleno del Senado de la República turnó a la Cámara de Diputados la minuta de reforma política-electoral, luego de que la madrugada de este miércoles fue aprobada en lo general y en lo particular en medio de un debate que duró más de 10 horas.

Entre los puntos destacados, el documento plantea la reelección de alcaldes y legisladores federales y locales; propone que los senadores puedan ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos.

Detalla que la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubiera postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.
En los artículos transitorios, establece que la figura de la reelección «será aplicable a los diputados que sean electos a partir del proceso electoral de 2015, y a los senadores electos a partir del 2018».

El dictamen contempla que las constituciones de los estados tengan que establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un periodo adicional y siempre y cuando el periodo de mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años.

De igual manera, deja en claro que la reelección no será aplicable para aquellos diputados locales, presidentes municipales, regidores y síndicos que se encuentren en funciones a la entrada en vigor de este decreto.

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INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE)

La minuta que ahora tendrá que ser discutida y avalada por los diputados, contempla modificaciones constitucionales para la creación del Instituto Nacional Electoral (INE) como autoridad en la materia.

En referencia al INE, el instituto «independiente en sus decisiones, funcionamiento, y profesional en su desempeño», contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia, así como un Consejo General conformado por un presidente y 10 consejeros electorales.

Se sugiere que la organización de las elecciones debe ser una función estatal que se realice a través del INE y de los organismos públicos locales. De esta manera, «en las entidades federativas las elecciones locales estarán a cargo de organismos públicos locales en los términos de esta Constitución».

La minuta también dispone que la ley establezca un sistema de nulidades de las elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas y determinantes, cuando se exceda el gasto de campaña en un 5% del monto total autorizado, se adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión fuera de los supuestos previstos en la ley o se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o públicos en las campañas.

Dichas violaciones, se agrega, «deberán acreditarse de manera objetiva y material» y se presumirá que éstas son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al 5%.

El proyecto también estima que en caso de nulidad de la elección, se convocará a una elección extraordinaria, en la que no podrá participar la persona sancionada.

Plantea que el Congreso de la Unión expida las leyes generales que regulen a los partidos políticos nacionales, así como los procedimientos y delitos electorales, a más tardar el 30 de junio de 2014, así como las normas que establezcan las «sanciones aplicables a la promoción de denuncias frívolas».

La minuta define «denuncias frívolas» de la siguiente manera: «Aquellas (denuncias) que se promuevan respecto a hechos que no se encuentren soportados en ningún medio de prueba o que no puedan actualizar el supuesto jurídico específico en que se sustente la queja o denuncia».

Asimismo, la reforma constitucional busca aumentar el umbral al 3% para mantener el registro como partido político nacional o estatal.

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