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SCJN valida reforma educativa al desechar los últimos 12 amparos

scjn (5)El Pleno de la Suprema Corte resolvió los últimos 12 de 26 amparos que atrajo, en los que se pedía invalidar diversos artículos de la Ley del Servicio Profesional Docente.

Disposiciones que regulan el proceso de evaluación magisterial, requisito indispensable para lograr la permanencia como docente.

Normas que se confirmó su constitucionalidad al considerar que no violan derechos como el de estabilidad laboral, libertad de trabajo, dignidad, nivel de vida adecuado, ni el principio de progresividad.

“Violan el derecho a la dignidad humana, al nivel de vida adecuado, así como al principio de proporcionalidad en su aspecto negativo de regresividad, previstos estos en el artículo primero constitucional, también se les da respuesta conforme a lo que resolvimos en el amparo revisión 295/2014”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.

Los ministros también reiteraron que las disposiciones impugnadas no violentan derecho alguno de los maestros, ni la garantía de audiencia, al preverse su separación en caso de no aprobar la tercera evaluación o bien, poner fin al nombramiento, si acumula 3 faltas en un periodo de 30 días.

“Se sostiene la posible vulneración a lo dispuesto en el Artículo 123 constitucional al estimar que los artículos impugnados autorizan a una definición de condiciones de trabajo, en específico los temas de evaluación y permanencia que se realizan de manera unilateral por el patrón, en segundo lugar la separación del servicio cuando la evaluación sea desfavorable sin que se permita la participación del sindicato en defensa de los intereses del presente y en tercer lugar la separación del servicio, cuando la evaluación sea desfavorable, sin que previamente se levante el acta administrativa a que se refiere la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.

Argumentos que fueron declarados improcedentes.

Antes de concluir la sesión, se informó que los quejosos pidieron a la Corte atraer otros asuntos.
“Que los quejosos presentaron un escrito solicitando se atrajeran algunos otros asuntos en los que señalaron que podía haber temas que no están todavía analizados, hemos solicitados a los tribunales que nos manden asuntos en los que consideren esto, se hará el análisis correspondiente y si en efecto hubiese algún tema que no se hubiese resuelto ya por este tribunal pleno, se dará cuenta a sus señorías para la atracción del asunto y su resolución en su caso”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.

Con estas resoluciones el Pleno culminó el estudio de los 26 amparos que enlistó, en los que se cuestionaba la validez de la Reforma Educativa.

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